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[artículo de opinión]. iblnews.com publica: "Los autores musicales, sus editores y sus recaudadores o gestores de derechos, deberán ser tratados de Usía o Vuecencia desde los tres meses de la publicación de la norma, siempre que, obviamente, estén en posesión del correspondiente documento que acredite su incorporación a alguna de las sociedades recaudadoras o gestoras de derechos, quedando desde ya exceptuados de sometimiento a las leyes y normas del Estado, quedando únicamente sometidos a la diosa Musa... [continúa]
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